La multa por conducir estando de baja, cuando la enfermedad no sea compatible con la conducción, puede ascender hasta los 6.000 euros.
La baja laboral, igualmente denominada incapacidad temporal, se conceden a un trabajador cuando no puede trabajar durante un periodo de tiempo por motivos de salud. Estos pueden ser físicos o mentales y se deben tanto a accidentes como enfermedades.
Los siniestros que acarrean bajas han podido producirse en el entorno laboral o fuera de él y respecto a las enfermedades, estas pueden ser comunes o profesionales. Todos estos supuestos deben contar con la aquiescencia de un médico para poder ser autorizadas.
Una baja laboral lleva implícita el cobro de un subsidio que reemplaza el salario que el trabajador estaría recibiendo en caso de no poder realizar su actividad profesional. En el transcurso de la baja, el asalariado sigue cotizando a pesar de haber cesado sus obligaciones con la empresa.
Motivos más comunes para solicitar la baja
Según la compañía aseguradora Sanitas, las principales causas de baja laboral en España en los últimos años, son:
Motivos que impiden conducir
En principio, el sentido común es quien debe dictar si se puede conducir con una baja médica. Si las dolencias implicadas por la enfermedad o accidente por el que se ha solicitado la baja impiden ponerse al volante, no se deberá realizar dicha actividad.
Por ejemplo, como la rotura de algún hueso, la pérdida de visión o los problemas de concentración son contrarios a la conducción.
Además, la legislación es muy clara al respecto. Los artículos 17 y 18 del Reglamento General de Circulación aclaran que “los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos” y “mantener su propia libertad de movimientos para garantizar su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”.
Tampoco se podrá conducir encontrándose de baja si esto ralentiza el proceso de recuperación. Una de las condiciones para mantener la prestación de la baja es evitar actividades que alarguen la recuperación.
Aparte de estos supuestos, quien de verdad tiene la última palabra sobre si una persona que se encuentra de baja puede conducir es el médico que ha tramitado dicha baja laboral.
Conducir estando de baja
Lo cierto es que se puede conducir estando de baja. Tal y como se ha visto, será factible siempre y cuando no afecte a la recuperación de la enfermedad o que el puesto de trabajo del asalariado esté relacionado con la conducción. Además, si tras elevar la consulta al médico que está llevando el caso no pone ningún problema, el paciente podrá seguir conduciendo. Hay que volver a remarcar que si el facultativo contempla que no interfiere en el desempeño al volante, ni en la recuperación, ni implica abandonar el tratamiento al que está sometido, puede certificar que el afectado continúe al volante.
Entre las dolencias más comunes que certifican una baja en España se encuentran la lumbalgia, la ansiedad o la cervicalgia. Estas patologías en principio pueden parecer compatibles con ponerse al volante de un automóvil, pero no siempre es así.
Lumbalgia
De todos las dolencias en la espalda, la más frecuente, alrededor del 70%, corresponde a la zona lumbar. Según el informe del Sistema Nacional de Salud del año 2017 (publicado en 2019), la lumbalgia en la población española es el segundo problema de salud más crónico, con el 18,5% de la población afectada. Es el motivo del 12,5% de las bajas laborales, lo que supone unas pérdidas anuales cercanas a los 16.000 millones de euros: el 1,7% del producto interior bruto.
En este caso, el dolor intenso que genera la patología es incompatible con la conducción, ya que, además, para su tratamiento se recomiendan analgésicos, antiinflamatorios y relajantes musculares, por lo que no está permitido conducir a no ser que el doctor diga lo contrario.
Ansiedad
Según los datos facilitados por el Ministerio de Sanidad, el problema de salud mental más frecuentemente registrado en las historias clínicas de atención primaria es el trastorno de ansiedad. Este afecta al 6,7% de población con tarjeta sanitaria. Se trata de un problema relativamente estable entre los 35 y 84 años.
Entre el 11% y el 27% de los problemas de salud mental en España se pueden atribuir a las condiciones de trabajo. Además, el 9% de la población cuenta con algún tipo de problema de salud mental y el 25% lo tendrá en algún momento a lo largo de su vida, según datos de la Organización Mundial de la salud (OMS).
La ansiedad tiene como síntomas el mareo, la taquicardia o la sudoración excesiva. Lo más importante es que puede provocar pérdidas de atención durante la conducción, por lo que una persona que se encuentre de baja laboral por ansiedad, necesita el informe de un psicólogo o un psiquiatra que indique que puede llevar un vehículo, renovar o sacarse el carnet de conducir.
Cervicalgia
En este caso, los datos también hablan por sí solos, ya que la incidencia anual por el dolor cervical oscila entre el 10,4% y el 21,3% de la ciudadanía y la prevalencia media en la población general es de un 23,1%. Esta prevalencia es generalmente mayor en mujeres, en países desarrollados y áreas urbanas, representando en España la cuarta causa más frecuente de incapacidad laboral temporal.
El motivo más frecuente de dolor cervical, relacionado con la gran movilidad de esta zona, es la tortícolis. Más del 50% de los pacientes relatan mejoría entre las dos y las cuatro semanas.
Al igual que con la ansiedad, se debe recibir un tratamiento hasta su curación total. Mientras que dure dicho tratamiento y hasta que se reciba el alta médica, no existe la opción de volver a conducir.
Multas por conducir estando de baja
Una vez conocidos todos los supuestos para la conducción mientras existe una baja laboral, hay que ponderar que el código de circulación estipula una sanción al respecto.
La multa por conducir estando de baja, cuando la enfermedad no sea compatible con la conducción, puede ascender hasta los 6.000 euros.
El código de seguridad español contempla una sanción para cuando conducir no sea compatible con la baja y aun así, se haga: 6000 euros. Y, aunque la enfermedad sea compatible, puede que el medicamento para tratarlo no lo sea. Hay fármacos que tienen en sus cajas pictogramas que lo alertan: con color amarillo avisan de ‘cuidado no conduzca’, en naranja ‘cuidado no conduzca sin el consejo de un médico’, en rojo ‘atención: peligro no conduzca’.
Además, muchos medicamentos advierten en la caja, a través de un pictograma, que no se permite conducir mientras se estén consumiendo.
Para terminar, también es muy importante tener en cuenta que si se tiene un accidente estando de baja, según el tipo de seguro de coche contratado y de lo que aparece en la póliza, la compañía puede haber establecido una cláusula en la que se especifica que en esos casos no cubre los daños generados.
Divulgación: Club Autoescuelas
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