Preparación de las Pruebas de Comunidades Autónomas
Incluye todas las clases
Incluidos Gases, Explosivos y radiactivos
Modalidad de estudio en Aula Virtual en un curso de 35 horas de duración. No requiere titulación ni experiencia previa necesaria. Bonificable a través de los seguros sociales de la empresa (coste gestión 49€).
Es requisito necesario para participar en las pruebas de examen tramitar la instancia administrativa en la comunidad autónoma correspondiente.
La matriculación en el curso requiere el abono previo de la totalidad del importe de la matrícula.
El abono se realizará mediante ingreso en efectivo o transferencia bancaria en el siguiente número de cuenta: ES56 2080 5258 6030 4014 9917 (Abanca), concepto "CURSO CONSEJERO NOMBRE APELLIDOS DEL ALUMNO".
Una vez realizada la operación bancaria se enviará el justificante de la transferencia bancaria y/o ingreso de la matrícula del curso, a través del correo electrónico
Programa formativo:
- Disposiciones generales del transporte de mercancías peligrosas
- Conducta que el conductor tiene en la carga/descarga
- El equipo técnico de los vehículos
- Principales tipos de riesgos
- Medidas de prevención y seguridad adecuadas a los diferentes tipos de riesgos
- Etiquetado y señalización de los peligros
- Prohibiciones de carga en común
- La carga y descarga de mercancías peligrosas
- Manipulación y estiba de los bultos
- Comportamiento y primeros auxilios en caso de accidente o incidente de tráfico
- Responsabilidad civil: Información general. Seguros
- Medio ambiente y contaminación
- Transporte multimodal
- Extinción de incendios
- ADR Cisternas
- ADR Explosivos
- Consejero de Seguridad. Orden GOM/605/2004
- Panales naranjas ADR Mercancías Peligrosas
- Etiquetas de mercancías peligrosas
- ADR – Mercancías peligrosas – Colocación de paneles, placas y etiquetas
- Encontrar una mercancía peligrosa en las tablas del ADR
- Uso y manejo general del ADR
- Carga de Porte
- Exenciones Parciales. 1.1.3.6
- Designación de la materia en mezclas y soluciones
- Preguntas generales de Consejero de Seguridad
El Real Decreto 1566/1999 del 8 de octubre impone a las empresas la obligación de contar con, al menos, un Consejero de Seguridad, que actúa como experto encargado de contribuir a eliminar, o al menos, minimizar los riesgos que para las personas, los bienes y el medio ambiente suponga el transporte de estas mercancías.
La figura del Consejero de Seguridad es obligatorio para empresas que transporten mercancías peligrosas por carretera o que realicen operaciones de carga, embalado, descarga o expedición de las mencionadas mercancías.
Las Pruebas de Capacitación para el Título de Consejero de Seguridad están reguladas por las Consejerías de Fomento de cada Comunidad Autónoma.
Las especialidades de transporte y manipulación sujetas a regulación de materias y objetos explosivos son:
- Gases
- Materias Radiactivas
- Materias Líquidas Inflamables (Hidrocarburos)
- Resto de Clases
La validez de la capacitación de Consejero de Seguridad ADR se renueva cada 5 años.
Pueden ejercer las funciones de Consejero de Seguridad ADR:
– La persona titular o directora de la empresa.
– El personal de la empresa designado por la persona titular o directora de la misma.
– Otras personas no pertenecientes a la empresa que colaboren con la misma para desarrollar actividades relacionadas con las mercancías peligrosas.
Escuela Profesional del Transporte, Conducción y Logística
Horario: Horario: 09:00h – 17:00h de lunes a viernes
Teléfono: 910 133 706
Información sobre los Cursos de CAP Continua para Conductores de Transporte por Carretera en:
Ferrol, Narón, Fene y Coruña
Información sobre Cursos DGT de Recuperación de puntos y del carnet de conducir en:
Ferrol, Narón, Fene y Coruña
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