Precio del gasoil itt Galicia

El Decreto-Ley 3/2022 de medidas para el transporte de mercancías por carretera incluye la revisión automática obligatoria de los precios que perciben los transportistas en función de la variación del gasoil.

El Decreto-Ley prevé que los transportistas que no hubieran repercutido en los precios que perciben de sus clientes el incremento que han sufrido los carburantes durante el último año o lo hubieran hecho parcialmente, puedan hacerlo.

la revisión obligatoria se aplica a todo tipo de contratos de transporte, verbales o por escrito, siempre que exista una variación en el precio de los carburantes desde que el transportista y su cliente pactaran hacer el transporte y el momento de hacerlo.

El Decreto-Ley establece una fórmula de revisión que deberá aplicarse en los contratos aunque el transportista y su cliente no tuvieran pactada fórmula de revisión.

Por todo ello el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha publicado provisionalmente en su página web una calculadora (en formato Excel) en tanto no finalice el desarrollo de una aplicación online, que permite consultar entre dos periodos la variación que ha sufrido el precio del gasóleo A y el porcentaje de variación que se debe aplicar en las facturas.

Los transportistas pueden incrementar sus precios del transporte en la factura de marzo, descontando el porcentaje que durante dicho periodo ya le hubieran incluido sus clientes:

  • Vehículos de más de 20 toneladas: hasta un 15,21 % (excepto vehículos de obras)
  • Vehículos de más de 3,5 toneladas: hasta 10,14 % (incluidos los de obras)
  • Vehículos de hasta 3,4 toneladas: hasta 5,07 %.

Calculadora de variación semanal del precio del gasóleo:

https://www.mitma.gob.es/transporte-terrestre/servicios-al-transportista/indice-de-variacion-semanal-de-los-precios-medios-del-gasoleo-en-espana

Divulgación: Transporte CAP

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